Alejandro Eugenio Pérez Teuffer Fournier - Notaria 44: ¿Qué es la Escisión de Sociedades mercantiles?
- Por Jeovanny Tapia
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- 06 dic, 2017
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La escisión de sociedades es una división o separación de bienes y de actividades de una sociedad, que se trasmiten a otra u otras, sin que se extinga la sociedad escindida, que sólo se desprende de bienes y derechos de su activo.
Se da la escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes, que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación denominadas escindidas.
O cuando la escindente, sin extinguirse, aporta en bloque parte de su activo, pasivo y capital social a otra u otras sociedades de nueva creación.
La escisión se regirá por lo siguiente:
· Sólo podrá acordarse por resolución de la asamblea de accionistas o socios u órgano equivalente, por la mayoría exigida para la modificación del contrato social.
· Las acciones o partes sociales de la sociedad que se escinda deberán estar totalmente pagadas.
· Cada uno de los socios de la sociedad escindente tendrá inicialmente una proporción del capital social de las escindidas, igual a la de que sea titular en la escindente.
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